Libertad Orden

Entes de Control al Interior

 

CONTROL INTERNO (Control a la Gestión Interna y Auditorias).

Las funciones de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces se enmarca en cinco funciones: valoración del riesgo, acompañamiento y asesoría, evaluación y seguimiento, fomento de la cultura del control y relación con los entes externos. 

La oficina de control interno realiza las auditorías internas enfocadas a la gestión, a la vez realiza seguimiento a los planes de mejoramiento derivados de las auditorías internas y de los entes de Control.

 

REVISORIA FISCAL (Control fiscal).

Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva.

 

 

Entes de Control al Exterior

 

Superintendencia Financiera de Colombia (Inspección, vigilancia y control).

La Superintendencia Financiera de Colombia tiene por objetivo supervisar el sistema financiero colombiano con el fin de preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como, promover, organizar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados.

Siendo su propósito superior, asegurar que el Sistema Financiero contribuya de manera efectiva al progreso de las empresas y personas.

https://www.superfinanciera.gov.co

 

Procuraduría General de la Nación (Control social y disciplinario).

La Procuraduría General de la Nación es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo y las personerías.

Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos y lo hace a través de sus tres funciones misionales principales:

La función preventiva

Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que está empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.

La función de intervención

En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.

La función disciplinaria

La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de 2002. 

https://www.procuraduria.gov.co/portal/

 

Contraloría General de Antioquia (Control fiscal, de legalidad y resultados).

La Contraloría General de Antioquia (CGA) es un órgano de control fiscal Departamental. Tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.  La ley 42 de 1993 Artículo 4° Establece “El control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de Antioquia, la contraloría Nacional y municipales y conforme a los procedimientos, sistemas, y principios que se establecen en la presente Ley”.

http://www.cga.gov.co/Paginas/inicio.aspx

 

Departamento Administrativo de la Función Pública (Control de la función pública).

El Decreto 188 del 26 de enero de 2004, en el cual consolida la actual estructura administrativa del Departamento Administrativo de la Función Pública. En esta reforma se destacan los siguientes aspectos: 

Además de formular y promover las políticas e instrumentos en empleo público, organización administrativa, control Interno, racionalización de trámites, el Departamento deberá evaluar el impacto que las mismas tienen en la Administración Pública. 

La integralidad del Sistema de Empleo Público, dimensionándolo y articulándolo, como política de Estado, en los siguientes componentes: Planificación del Empleo, Gestión de las Relaciones Humanas y Sociales, Gestión del Desarrollo, Gestión del Empleo, Gestión del Desempeño, Organización del Empleo; Sistemas de Clasificación y Nomenclatura, Administración de Salarios y Prestaciones Sociales; Democratización de la Administración Pública y Sistema de Desarrollo Administrativo. 

https://www.funcionpublica.gov.co/

 

Asamblea Departamental de Antioquia (Control politico a la gestión de la administración departamental a través de las ordenanzas, resoluciones y proposiciones de acuerdo a lo estipulado en la constitución y la ley).

https://www.asambleadeantioquia.gov.co